El cese de actividad del autónomo (por motivos económicos) por reducción de jornada de los empleados exige que el autónomo tenga contratados empleados por cuenta ajena, y que haya reducido un 60% la jornada de trabajo de la totalidad de sus empleados, o que haya suspendido temporalmente el contrato del 60% de sus trabajadores, y ello exigiéndose además que durante los dos trimestres previos a la solicitud, el nivel de ingresos ordinarios o ventas haya experimentado una reducción del 75% respecto de los mismos trimestres del año anterior ¿Qué otro requisito se exige?