Laboral – Marzo y Abril 2020. Especial Covid-19

De acuerdo con las medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral ¿Se amplía el plazo de ejecución de todos los programas y planes formativos financiados al amparo de las convocatorias (Resoluciones del Servicio Público de Empleo Estatal de 11 de mayo de 2018 y de 18 de enero de 2019)?

Los trabajadores incluidos en los ERTES como consecuencia del COVID-19 cuyos contratos han sido extinguidos a instancia de la empresa durante el periodo de prueba ¿tienen derecho a la prestación por desempleo?

Las cuotas correspondientes a los días comprendidos entre el 14 y el 31 de marzo, de los trabajadores autónomos que sean beneficiarios de la prestación por cese en la actividad por el COVID-19 ¿serán devueltas? ¿y las del mes de abril?

¿Tienen los autónomos alguna moratoria en el pago de cotizaciones de mayo, junio y julio?

Al haberse ampliado el periodo del estado de alarma, ¿tiene que volver a enviar solicitud o algún otro tipo de comunicación al SEPE una empresa que se ha acogido a un ERTE por fuerza mayor y ha remitido anteriormente la solicitud colectiva de prestación de los trabajadores afectados?

Cuando el ERTE afecte a trabajadores que prestan servicios en centros de trabajo de más de una comunidad autónoma ¿Dónde se debe presentar?

¿Cuál es el plazo de que disponen las personas que vean reducidos sus ingresos por la situación causada por el COVID-19 para disponer de parte del dinero depositado en planes de pensiones?

De acuerdo con la Resolución 15 de abril de 2020 del SEPE, por la que se establecen medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral ¿Cuál es el plazo de que disponen las empresas para comunicar las nuevas fechas, calendario y horario de impartición de las acciones formativas suspendidas, debiendo completarse el total de las horas de la acción formativa comunicada?

De acuerdo con el Real Decreto-ley 11/2020, del 31 de marzo, podrán acogerse al Bono Social de Electricidad los trabajadores autónomos que hayan reducido su facturación un 75% respecto al semestre anterior o que hayan cesado o suspendido su actividad profesional ¿Cuál es el descuento sobre la factura de la luz?

¿Cuándo tengo que comunicar la baja de la prestación de los trabajadores afectados por ERTE que se van incorporando a la actividad?