De acuerdo con la Directiva 2018/1910 del IVA, que entró en vigor en todos los Estados de la Unión Europea el 1 de enero de 2020, y con relación a la modificación prevista sobre la venta de bienes en consigna ¿Cuáles de estos requisitos se deben cumplir para que exista una entrega intracomunitaria de bienes exenta de IVA en el Estado de partida a cargo del proveedor y en el momento de la adquisición, una adquisición intracomunitaria de bienes por el cliente?