Fiscal/Contable – Junio 2020
Si finalizado el plazo de presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades (art. 124.1 LIS) las cuentas anuales no se han aprobado como consecuencia de lo dispuesto en los artículos 40 y 41 del RDLey 8/2020, y en el caso de que la autoliquidación del Impuesto que deba resultar con arreglo a las cuentas anuales aprobadas por el órgano correspondiente difiera de la ya presentada sin que se hubieran aprobado cuentas anuales ¿En el caso de estar obligados a la presentación de la nueva declaración cuál es el plazo de presentación?
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021 y con el objeto de fomentar inversiones en innovación en procesos en la cadena de valor de la industria de la automoción en España, de acuerdo con el RDL 23/2020 ¿Cuál es el porcentaje de la deducción en innovación en procesos en el Impuesto sobre Sociedades?
Con efectos para las inversiones realizadas en el año 2020, de acuerdo con el RDL 23/2020 ¿Cuál es la cuantía máxima de deducción por libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada?
¿Se pueden realizar o desarrollar actuaciones inspectoras además de en los lugares habituales (domicilio fiscal del obligado tributario, donde se realicen las actividades gravadas…) en otro lugar cuando las mismas se realicen a través de los sistemas digitales?
Con relación a los Nuevos modelos 770 y 771 “Regularización voluntaria de la situación tributaria” para aquellos obligados tributarios que procedan al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria antes de que se le hubiera notificado el inicio de actuaciones de comprobación o investigación tendentes a la determinación de la deuda tributaria objeto de la regularización:
Con relación a la exención por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente en el IRPF, que está condicionada a que el importe total obtenido por la transmisión se reinvierta en la adquisición de una nueva vivienda habitual en el plazo de 2 años, como consecuencia del estado de alarma COVID:
¿Cuál es el plazo para el suministro a la AEAT de los asientos contables correspondientes al año 2020 de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación?
En relación con la incidencia del estado de alarma en la formación continuada exigida a los auditores de cuentas correspondientes al periodo anual que finaliza el 30 de septiembre de 2020:
La presentación del modelo 390 resumen anual del IVA ¿tiene efecto interruptivo de la prescripción del derecho de la Administración a liquidar los períodos mencionados en el propio resumen anual?
El TS modifica su jurisprudencia sobre el modelo 390 de IVA y su eficacia interruptiva. Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de mayo de 2020. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Recurso de Casación nº 5962/2017 https://envios.amadoconsultores.com/CAD/Normativa_Anexa/CierreMes/CA-Cierredelmes-062020.pdf