De acuerdo con ¿Hasta cuándo se extiende la suspensión del régimen de liberalización de determinadas inversiones extranjeras directas en España, procedentes de países de la Unión Europea y de la Asociación Europea de Libre Comercio, en sociedades cotizadas en España o en sociedades no cotizadas si la inversión es superior a 500 millones de euros, de forma que será necesario recabar la autorización administrativa correspondiente en esos supuestos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2003, de 4 de julio?